miércoles, 13 de junio de 2012





Sociedad por acciones simplificadas





En esta les dan plena libertad a los accionistas para organizar las sociedades  a su conveniencia. Las funciones de organización de la sociedad estarán a cargo de la asamblea  y las funciones de la administración estarán a cargo del representante legal.

Ventajas

No se requiere de estructura publica: Estas sociedades se crean por medio de un contrato o acto unilateral  que consiste en un documento privado inscrito en el registro mercantil de la cámara de comercio. Es decir basta con registrar documento privado ante la cámara de comercio  para que la sociedad adquiera  personalidad jurídica.


 Unipersonalidad  o pluralidad: Por esta parte no existen limites en cuanto al numero de accionistas  puede ser uno o muchos los socios  que formen parte de la compañía.


La responsabilidad es limitada es limitada:  El patrimonio de los accionistas nunca se puede tocar.


Creación de las S.A por Internet:  Si se desea se puede realizar los tramites por Internet ahorrando tiempo, desplazamiento y desde cualquier lugar del mundo  para ello se requiere una firma digital la cual es suministrada gratuita.








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